Medidas urgentes
- Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
Optimizamos tú coste energético
2.0TD serán todos los suministros hasta 15 kW.
3.0TD a partir de 15kW (1kV).
6.1TD serán el resto (antiguas 3.1/6.1) hasta 30kV.
6.2TD igual anterior de 30kV a 36 kV.
Los periodos de potencia/energía serán:
2.0TD –Con 2 periodos de potencia y 3 periodos de energía.
3.0TD / 6.1TD / 6.2TD –Con 6 periodos de potencia y energía.
Serán contrataciones progresivas por periodos, salvo en el caso de las 2.0TD
Podrán hacerse modificaciones de potencia en este periodo transitorio, aunque no haya pasado el año de normativa.
No se contempla la aplicación de deducciones por maxímetro (-15%) en las antiguas 3.0 y 3.1
Cambian los cargos por excesos de potencia, según equipos de medida (tipos del 1 al 5)
Equipos 4 (15-50kW) y 5 (hasta 15kW): fórmula igual anterior 3.0 y 3.1.
Equipos 1/2/3: Fórmula igual anterior 6.1. Pero con variación de la fórmula y de los valores.
Cargo de peaje al autoconsumo con acceso fuera de las instalaciones propias.
No se prevén impactos de reducciones de potencia por autoconsumo
2020. Contadores con telemedida, tipo 5: 98%
2025. Previsión del 6% por autoconsumo. Incremento demanda nacional del +1,5%.
2030. Estimación del 10% de vehículos eléctricos.
Nuevo cargo por capacitiva. Factor de potencia superior a 0.98, cargos de 0,05€/kVArh.
Tendencia europea a aplicar los Costes del Sistema, a la parte fija de la potencia.
La aplicación de los peajes será efectiva cuando el Ministerio para la Transición Ecológica publique los nuevos cargos que se aplicarán en la factura. Las empresas distribuidoras y comercializadoras adaptarán los equipos de medida, los sistemas de facturación y los contratos antes del 1 de noviembre de 2020.
Actualización 29/07/2020: Se ha publicado una modificación del mencionado BOE en el que, debido a las consecuencias del estado de alarma, se aplaza la fecha indicada hasta el 01 de Abril de 2021.
Actualización 23/03/2021: Se ha publicado una modificación del mencionado BOE se establece la fecha de aplicación al 01 de Junio de 2021.
Energía eléctrica
Para mejor comprensión de algunos de los errores de facturación de las Compañías Eléctricas a sus clientes, y de cómo Control Energético, j.g.c., S.L., puede ayudar a su resolución, vamos a ir explicando en estos blogs algunos ejemplos reales, aunque lógicamente sin especificar nombres propios.
Caso número 3:
Cliente que solicita nuestros servicios puesto que las facturas que recibe le parecen excesivas.
Ha llamado a la Comercializadora y no le dan solución ni explicaciones. Su empresa se dedica a una actividad que desarrollan otras de su entorno. Ha comprobado que las facturas de estas otras empresas son ostensiblemente inferiores a la suya.
Potencia contratada: 315 kW. Tarifa 3.0 A
Solicitamos la facturación de un año, revisamos los parámetros de las mismas y no observamos anomalías. Proponemos instalar un analizador de redes.
Chequear consumos y comprobar que el contador registre correctamente los consumos.
Realizamos los trabajos descritos y comprobamos que, efectivamente, el contador no reflejaba los consumos reales, a pesar de funcionar correctamente.
La explicación es la siguiente:
Cuando se instalan los contadores, se han de programar teniendo en cuenta la relación de los transformadores de intensidad instalados.
En algunas ocasiones no se realiza esta operación correctamente y el contador, a pesar de no tener ningún problema, registra unas cantidades que no son las reales.
Como conclusión, explicar que dicho error se venía produciendo desde hacía varios años.
Hacía incrementar el consumo en un +30%.
Este aumento incorrecto de la facturación, representó para nuestro cliente un total de +39.500€.
Se realizó la reclamación a la Comercializadora y ésta a la Distribuidora.
Por el elevado importe reclamado, tras diversas argumentaciones dilataban la solución final.
Pero dadas las pruebas que presentamos, al cabo de un tiempo (aproximadamente 5 meses) realizaron los abonos contables e ingresaron a nuestro cliente la cantidad reclamada.
Si después de leer este artículo te surgen algunas de estas preguntas contacta con nosotros, y te realizaremos un pre-estudio gratuito.
¿Es mi empresa susceptible de ahorro?
¿Yo también puedo enviar mis facturas?
¿Qué pasa si se toman mal las lecturas de los contadores eléctricos?
¿Factura de electricidad elevada?
¿Ha recibido facturaciones de la Comercializadora, por cantidades que no le parecen lógicas?
Si tiene más de 15 kW contratados ¿le están haciendo el descuento por maxímetro?
¿Le han refacturado consumos atrasados, con los que no está de acuerdo?
Si tiene una 6.1 A ¿sabe que si tiene cargos por excesos de potencia y no le facturan el mes completo, pueden haberle cobrado de más?
¿La factura de electricidad de la Comunidad de Propietarios es muy elevada?
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